Nosotros te brindamos la asistencia necesaria para resolver de manera efectiva y satisfactoria las deudas que enfrenta tu empresa. Nuestro equipo de expertos está comprometido en proporcionarte soluciones personalizadas y eficientes para que puedas superar tus dificultades financieras y seguir adelante con tu negocio.
El concurso de acreedores es un proceso legal que brinda a las empresas en estado de insolvencia la oportunidad de buscar su continuidad o iniciar la liquidación y cierre de forma estructurada y conforme a la ley.
Somos mediadores y administradores concursales acreditados por el Estado, lo que nos otorga una visión integral del procedimiento concursal. Aplicamos nuestra experiencia en el concurso de acreedores para empresas para gestionar cada caso con una perspectiva completa.
Solución aconsejable para empresas que enfrentan situaciones específicas de insolvencia.
Regulada en el artículo 5 bis de la Ley Concursal, esta opción ofrece un plazo de 3 meses para negociar acuerdos con los acreedores que faciliten la continuidad de la empresa. Si no se alcanza un acuerdo dentro de este periodo, la empresa tendrá un mes adicional para presentar la declaración de concurso ante el juzgado.
Durante el proceso concursal, la empresa puede continuar operando con normalidad.
Pueden beneficiarse del concurso de acreedores las siguientes entidades: sociedades anónimas (SA), sociedades limitadas (SL), y sociedades limitadas unipersonales (SLU). Este procedimiento es aplicable a empresas de cualquier sector, como restaurantes, hoteles, bares, constructoras, inmobiliarias, agencias de viajes, artes gráficas, peluquerías, entre otros, sin importar su tamaño.
Cualquier sociedad que se encuentre en situación de insolvencia, quiebra o suspensión de pagos, o que anticipe dificultades para cumplir con sus obligaciones financieras, puede utilizar el concurso de acreedores para cancelar sus deudas y detener ejecuciones y embargos.
Adaptar las deudas a las capacidades económicas reales del deudor, permitiendo reestructurar y reducir las obligaciones financieras y, en el mejor de los casos, exonerarlas, salvo las deudas con la Seguridad Social y Hacienda, que no podrán superar los 10.000 euros en cada caso.
Cabe destacar que no se implementa un plan de pagos por parte del juez si la deuda pendiente supera dicha cantidad.
Estos son los requisitos que establece la ley para acogerse a la Ley de la Segunda Oportunidad:
El concurso de acreedores es un proceso judicial que se inicia cuando una empresa no puede cumplir con sus obligaciones de deuda o anticipa que no podrá hacerlo. Su objetivo es negociar con los acreedores para obtener reducciones o aplazamientos de las deudas, evitando así la liquidación de los activos de la empresa o asegurando que dicha liquidación se realice de manera ordenada.
Solicitar el concurso de acreedores permite a la empresa seguir operando, ya que detiene las deudas y suspende temporalmente los pagos.
Hay diferentes tipos de concursos de acreedores, siendo los principales el concurso voluntario y el concurso necesario.
El concurso voluntario se inicia cuando el propio deudor solicita el procedimiento, buscando gestionar sus deudas y alcanzar un acuerdo con los acreedores. En contraste, el concurso necesario se presenta cuando uno o varios acreedores inician la solicitud con el objetivo de obtener una propuesta de convenio que permita resolver la situación financiera del deudor.
El objetivo del concurso de acreedores es salvaguardar los derechos tanto de los acreedores como de los administradores de empresas en crisis.
En Atalanta y Abogadas, nuestro propósito es que tu empresa salga del concurso con un plan de viabilidad que permita su continuidad o, en su defecto, cerrarla de manera que minimice el impacto negativo en todas las personas involucradas y en los acreedores.
Nos encargamos de proteger el patrimonio del deudor a través del procedimiento concursal, garantizando que se maneje de manera justa y eficiente.
La suspensión de actividades empresariales, a raíz del estado de alarma impuesto por el gobierno debido al coronavirus, ha provocado que muchas empresas a nivel global enfrenten serias dificultades para superar la falta de ingresos.
No obstante, la legislación española permite la suspensión provisional de pagos a los acreedores e incluso la cancelación de las deudas que no se pueden cumplir debido a un evento de fuerza mayor, como la pandemia del COVID-19.
Recomendamos intentar llegar a un acuerdo negociado con los acreedores a través de un concurso de acreedores voluntario. Sin embargo, si esto no es factible, el concurso de acreedores puede ser la mejor solución para superar la crisis empresarial.
Nuestros expertos en derecho concursal le asesorarán desde el primer momento para aplicar la ley y conseguir la exoneración de deudas, o iniciar el concurso de acreedores para llegar a un acuerdo con los acreedores o liquidar su empresa de manera ordenada.
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La Ley de la Segunda Oportunidad permite a las personas físicas que no pueden hacer frente a sus deudas renegociarlas o incluso cancelarlas, proporcionando un marco legal para la reestructuración financiera de aquellos en situación de insolvencia.
El objetivo principal de la Ley de la Segunda Oportunidad es ofrecer a los individuos sobreendeudados una salida para reestructurar o eliminar sus deudas, permitiéndoles comenzar de nuevo sin cargas financieras insoportables.
La implementación de la nueva Ley Concursal tuvo lugar el 1 de septiembre de 2020, introduciendo reformas significativas para mejorar la eficiencia y la efectividad del procedimiento concursal.
En la nueva Ley Concursal, se establece que los créditos de derecho público, como los de Hacienda y Seguridad Social, son exentos de pago hasta un límite de 10.000 euros para cada entidad. No se permite un plan de pagos judicial si la deuda supera estos límites.
La duración del procedimiento concursal bajo la nueva Ley varía, pero generalmente puede extenderse entre 6 meses y 2 años, dependiendo de la complejidad del caso y la carga de trabajo de los juzgados correspondientes.
Para acogerse a la Ley de Segunda Oportunidad, es necesario presentar una serie de documentos, incluyendo la declaración de insolvencia, un inventario detallado de bienes y derechos, una lista de acreedores y un plan de pagos o propuesta de acuerdo extrajudicial.
El BEPI permite a los deudores liberarse de las deudas pendientes que no pudieron pagar tras el proceso concursal, siempre y cuando cumplan con ciertos requisitos y demuestren haber actuado de buena fe durante el procedimiento.
Las principales novedades de la nueva Ley Concursal incluyen la simplificación de procedimientos, nuevas medidas para la reestructuración temprana y mecanismos adicionales para proteger tanto a deudores como a acreedores durante el proceso concursal.
Algunas deudas no pueden ser exoneradas o canceladas bajo la nueva Ley Concursal, como las deudas por alimentos, responsabilidades civiles extracontractuales, multas y sanciones administrativas, y deudas contraídas de manera fraudulenta.
Un concurso sin masa se refiere a un procedimiento concursal donde el deudor no posee suficientes activos para cubrir los costos del proceso, lo que lleva a una conclusión rápida del concurso debido a la falta de recursos disponibles.
Sí, es posible perder la vivienda habitual bajo la nueva Ley Concursal si se considera un activo liquidable para pagar a los acreedores. No obstante, existen medidas y negociaciones que podrían permitir conservar la vivienda en ciertas circunstancias.
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